Blogia
NOMASVIOLENCIACONTRALASMUJERES

“DIA DE LOS DERECHOS DE LA POBLACION CON ORIENTACION SEXUAL DIVERSA EN BOLIVIA”

PRESENTACION DEL DECRETO SUPREMO No 0189 DECLARA EL 28 DE JUNIO “DIA DE
LOS DERECHOS DE LA POBLACION CON ORIENTACION SEXUAL DIVERSA EN BOLIVIA” RED
ADA (Boletín Nro. 85, 7 de julio de 2009, La Paz – Bolivia) En el marco del
Decreto Supremo No 29851, de 10 de diciembre de 2008, que aprueba el “Plan
Nacional de Derechos Humanos, Bolivia Digna Para Vivir Bien” 2009-2013, se
lanzo en inmediaciones del Auditórium del Ministerio de Justicia el Decreto
Supremo No 189, que establece el 28 de Junio como el “Día de los Derechos de
la Población con Orientación Sexual Diversa en Bolivia” Dicha presentación
contó con la participación de la Viceministra de Justicia y Derechos
Fundamentales, la Dra. Maria Cecilia Rocabado Tubert, organizaciones como
ADESPROC LIBERTAD, el Presidente del colectivo TLGB, Wilmer Galarza entre
otros. *“No se puede discriminar a la población que tiene diferente
orientación sexual”, *fueron las palabras que pronuncio la Viceministra
Cecilia Rocabado, en ocasión de la presentación, además agrego que todavía
existe discriminación en diferentes áreas de la sociedad, empezando desde
instituciones de educación hasta instituciones gubernamentales, “* el Decreto,
no busca sancionar la discriminación, sino mas bien tiene por objetivo
socializar
la inclusión y el respeto hacia la población TLGB” *agregó por ultimo. *“El
presente Decreto se sustenta en el artículo 14 de la Nueva C.P.E., lo cual no
significa que a partir de esta normativa se va a eliminar a la
discriminación, al contrario es desde la persona que debe partir el cambio
de actitud para con la población de orientación sexual diferente” *afirmo
Galarza en conversación con la RED-ADA. *“Es importante conocer la
diferencia entre orientación sexual diferente y lo que es la identidad de
género, ya que al hablar de orientación sexual diferente nos referimos a
la población gay, lesbiana, bisexual, pero en cambio identidad de género
concierne a la población travestí, transexual, transformista, y que no
pueden ir separados en el contexto de la inclusión y la tolerancia para con
esta población”* dijo por ultimo Galarza En conclusión señalaremos que a
partir de este decreto se busca reconocer, informar y socializar acerca de
la no discriminación a la población de orientación sexual e identidad de
género diferente

0 comentarios